Permíso de ARMAS
Realizamos el certificado médico obligatorio para la obtención/renovación de la licencia de armas.
-Sólo necesitas traer tu DNI.
-Necesitarás una fotografía carnet, que te podemos hacer nosotros o bien puedes traer tu
El certificado médico y de aptitud psicológica es obligatoria para todos aquellos que deseen obtener o renovar su licencia de armas.
Tipos de Licencias de Armas
Licencia de armas "B"
Personal: Particulares
Vigencia: Tres años, debiendo
ser visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años
respectivamente.
Armas que
ampara: Un arma de la 1ª Categoría. (Armas de fuego cortas: comprende
las pistolas y revólveres).
Licencia de armas "C"
Personal: Vigilantes de Seguridad
Vigencia: Tiempo prestación
servicio, debiendo actualizar el documento con fotografía cada 5 años.
Armas que
ampara: Armas de la 1ª, 2ª.1 y 3ª.2. categorías. (Armas de fuego
cortas; Armas de fuego largas para vigilancia y guardería; Escopetas y demás
armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas)
Licencia de armas "D"
Personal: Para Caza mayor.
Vigencia: 5 años, debiendo ser
visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años
respectivamente.
Armas que
ampara: Hasta 5 armas de la 2ª.2., categoría (Armas de fuego largas
rayadas).
Licencia de armas "E"
Personal: Para Caza menor.
Vigencia: 5 años. debiendo ser
visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años
respectivamente.
Armas que
ampara: Categoría 3ª.1 máximo de 6 (Armas de fuego largas rayadas para
tiro deportivo), categoría 3ª.2 máximo 6 (Escopetas y demás armas de fuego
largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas), categoría 3ª.3 máximo 12
(Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas),
categoría 7ª.2 máximo 12 (Las ballestas) y categoría 7ª.3 máximo 12 (Las armas
para lanzar cabos y el lanzador de ayudas). Siempre el número total de armas
que posea no puede ser superior a 12 armas.
Licencia de armas "F"
Personal: Para socios de las Federaciones deportivas.
Vigencia: 3 años.
Armas que
ampara: Hasta un máximo de 10 armas de las denominadas de concurso.
Autorización Especial (AE)
Personal: Particulares.
Vigencia: 5 años.
Armas que
ampara: 6ª y 7ª.4., categorías, sin límite en cuanto al número de armas
(Armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas; Armas
de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de
1870, y las reproducciones o réplicas de las mismas; Armas de fuego que se
conserven por su carácter histórico o artístico; Armas de avancarga y las Armas
de sistema "Flobert").
Libro de Coleccionistas (L)
Personal: Particulares.
Vigencia: Indefinida.
Armas que
ampara: 6ª y 7ª.4., categorías, sin límite en cuanto al número de armas
(Armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas; las
Armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de
enero de 1870, y las reproducciones o réplicas de las mismas; Armas de fuego
que se conserven por su carácter histórico o artístico; las Armas de avancarga
y las Armas de sistema "Flobert"). Otras consideraciones: Estas armas
no pueden ser utilizadas para hacer fuego.
